En España hay una población afiliada a la Seguridad Social con la Contingencia de Accidente de Trabajo (AT) de unos 14,5 millones de personas , mientras que el número de accidentes de trabajo con baja es de algo mas de 560.000 al año, de los cuales casi un 14% se produce “in itinere” ( es decir, en el traslado a, o desde ,el trabajo )

En cuanto a los sectores en los que es más pronunciado el número de accidentes , es el sector de la construcción ,seguido de lejos del industrial, siendo la siniestralidad más o menos constante por edad desde los 25 a los 60 años.

Pero si la siniestralidad es más o menos constante en ese período de edad, el problema surge porque el índice de mortalidad se dispara a partir de los 40 años, desde un 5,1% hasta el 12,2% de mortalidad con 60 años, siendo los sectores de “Producción ,transformación, tratamiento y almacenamiento” donde se concentra un tercio de los accidentes de trabajo

Realizado este breve repaso de los accidentes de trabajo en España , queremos analizar una reciente sentencia del Tribunal Supremo ,sala 1°, del 25 de Abril de 2017, la cual creemos necesario analizar.

El caso es que , a un  trabajador de una empresa se le otorgó la situación de invalidez permanente total para su  profesión habitual como consecuencia de accidente laboral debido a una infracción
de seguridad y salud laboral.

Éste interpuso demanda frente a la empresa para la que prestaba servicios de forma habitual y las entidades aseguradoras de responsabilidad civil que cubrían dicho riesgo.

Tras sentencias a favor del trabajador en primera instancia y en el TSJ ,lo cual obligaba a una indemnización solidaria entre empresa y aseguradora, fue el Tribunal Supremo vía casación, el que otorgó razón a la Aseguradora al resolver la cuestión argumentando que la comunicación del siniestro debió efectuarse dentro del plazo puesto en la cláusula absolviendo a la aseguradora del deber de indemnizar

Extraemos las siguientes conclusiones de esta sentencia a aplicar en la PYME y por aquellos autónomos con trabajadores a su cuenta

A. Efectuar una Auditoría de Riesgos y analizar pormenorizadamente las clausulas de los Seguros de Accidentes y Responsabilidad Civil ya contratadas

B.Tener sistemas de información precisos para que la comunicación de siniestro a la aseguradora sea inmediato

C.Comunicar a los trabajadores la existencia de las coberturas contratadas y de las medidas adoptadas por la empresa para que la comunicación a la aseguradora sea inmediata

D.Valorar el daño reputacional de marca por la sentencia a favor de la aseguradora y tomar medidas en caso necesario

En definitiva, es necesario un equipo multidisciplinar de Auditores de Riesgos, Abogados y Expertos en Comunicación , como ocurre en Martín Molina e Invexia , para prevenir o minorar las consecuencias de estas delicadas situaciones